SUBVENCIONES PARA AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO EN EMPRESAS

Principales aspectos a tener en cuenta de la Orden de 8 de marzo de 2021 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía de la Región de Murcia, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la eficiencia energética y las energías renovables en las empresas para el ejercicio 2021, publicada el 16 de marzo de 2021.

BENEFICIARIOS DE LA AYUDA

Empresas pertenecientes al sector industrial incluidas en las secciones B, C y D, y pertenecientes al sector terciario incluidas en las secciones E a N y P a S del Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, (Consulta BOE clic aquí) por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009)  Puedes consultar el listado haciendo clic aquí 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

1. Sustitución por renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía. Objetivo: Conseguir ahorro energético y disminuir de las emisiones de CO2. Inversión mínima: 6.000 €. Ratio económico (coste elegible y ahorro energía anual): 10.000 €/tep. Ayuda: entre el 20% y el 70%en función del tamaño de la empresa y del ratio, con una cuantía máxima de cada ayuda de 100.000 €.

2. Instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica para autoconsumo. Objetivo: Aumentar la capacidad de producción de energía renovable y reducir las emisiones de CO2. Instalación mínima: 30kWp. Modalidad de contratación: Suministro conautoconsumo sin excedentes y suministro con autoconsumo con excedentes acogida a compensación.

Ratio económico (coste elegible y ahorro energía anual): 0,90 €/Wp

Ayuda: 25% para grandes empresas, 35% para medianas y 45% para pequeñas no superando los 70.000 € de ayuda. Si la instalación dispone de sistemas de acumulación, los porcentajes de ayuda se incrementan en 20%, si se acredita una autonomía mínima de 72 horas.

CONSIGUE TU SUBVENCIÓN AHORA

En Garcigas podemos gestionar su solicitud de subvención. Explicamos a continuación con detalle ambas líneas de subvención:

RENOVACIÓN DE EQUIPOS:

Nos ocupamos de la solicitud de la ayuda. Nuestra objetivo es tener éxito y conseguir la subvención. Por lo que si la subvención se concede y renueva los equipos con nosotros, los trabajos de gestión y documentación para conseguir la subvención no tendrán coste para el cliente. Si un cliente con la ayuda concedida decide no ejecutar o ejecutar con terceros la renovación de equipos, se le cobrará por dichos trabajos el 10% de la ayuda concedida con un máximo de 2.500 €. Si todavía no tiene hecha su auditoría energética, puede ponerse en contacto con nosotros enviando un email a info@garcigas.es o llamándonos al teléfono gratuito 900 848 060.

INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA PARA AUTOCONSUMO:

Podemos gestionar la solicitud de la ayuda. Si la ayuda es concedida, se cobrará el 10% de la ayuda concedida con un máximo de 2.500 €. Si nosotros ejecutamos la instalación, no se le cobraría nada
por los trabajos de solicitud realizados. Si el cliente decide ejecutar la obra con otra empresa o no realizarla con la subvención concedida, se le cobraría un 10% de la ayuda concedida con un máximo de
2.500€. Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros enviando un email a info@garcigas.es o llamándonos al teléfono gratuito 900 848 060.

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