PLAN MOVES III

Como continuación de los anteriores programas de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga, el Plan Moves III se podrá solicitar desde finales de 2021 y estará en vigor hasta 2023. El programa cuenta con un presupuesto inicial de 400M€ y se podrá ampliar, si existe la suficiente demanda, hasta 800M€.

Logotipo plan Moves III

Este programa subvenciona, tanto la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, a particulares y empresas, y la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Con respecto a los planes anteriores, además de ampliar el máximo de ayudas, en este se incluye las novedades de que se elimina la exigencia de disponer de ITV en vigor para el vehículo que se achatarra y se amplían las ayudas a vehículos de mostración, motocicletas, taxis y VTC.

Ejemplo de carga de coche eléctrico

Las subvenciones, tanto para vehículos, como para puntos de recarga, las pueden solicitar particulares, autónomos, comunidades de propietarios, administraciones sin actividad económica, empresas y entes públicos. Para la adquisición de vehículos, las ayudas dependen del tipo de vehículo, su autonomía y si se achatarra otro vehículo o no:

Tabla 1: Ayuda en función del tipo de vehículo y autonomía para la adquisición de vehículos por parte de particulares, autónomos o administraciones sin ánimo de lucro.

En cuanto a los puntos de recarga para vehículo eléctrico, se pueden solicitar ayudas para los siguientes usos:

  • Preinstalación en comunidad de propietarios.
  • Uso privado en sector residencial.
  • Uso público (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
  • Uso privado en zona de estacionamiento en empresas públicas y privadas para dar servicio a su propia flota.
  • Uso público en zonas de estacionamiento en empresas públicas y privadas para dar servicio a su propia sus trabajadores y clientes.
  • Uso público en vía pública urbana e interurbana.
  • Uso público en red de carreteras, especialmente estaciones de servicio y gasolineras.

La cuantía de las ayudas para este tipo de instalaciones se resume en el siguiente cuadro:

Tabla 2: Ayuda en función del tipo de peticionario para infraestructura de puntos de recarga.

En cuanto al límite de ayuda máxima a recibir para este tipo de infraestructura, se puede resumir en la siguiente tabla:

¿Cuándo puedo realizar la instalación?

Si soy un particular, autónomo, comunidad de propietarios o administración sin actividad económica:

  • Puedo realizar la instalación desde el 10 de Abril de 2021 (fechas de factura y justificantes de pago).
  • Una vez que mi CCAA publique su convocatoria y según se establezca, debo tramitar mi solicitud de ayuda directamente o solicitar que la tramite la entidad colaboradora (instalador). En la Región de Murcia, el plazo de convocatoria se abre el 30/09/2021.

Si soy una empresa o administración con actividad económica:

  • Debo esperar a que mi CCAA abra su convocatoria para tramitar mi solicitud de ayuda.
  • Tras el registro de mi solicitud, puedo realizar la instalación (facturas, contratos y justificantes de pago).

El plan Garcigas Instalaciones podemos asesorarle en cuanto a la instalación, infraestructura y sistema de comunicaciones que necesita para su punto de recarga de vehículo eléctrico. También nos encargamos de tramitar la subvención para que pueda optar a las ayudas otorgadas por el Plan Moves III, el cual finaliza el 31/12/2023.

Redactado por: Miguel Antonio Muñoz Martínez

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